La nueva ITC de ascensores introduce cambios importantes en materia de seguridad, mantenimiento e inspecciones obligatorias, afectando tanto a propietarios como a empresas mantenedoras. En Ascensores Skylift te ayudamos a adaptar tu instalación de forma rápida, segura y conforme a la normativa vigente.
La nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) establece requisitos actualizados para el sector de la elevación, con el objetivo de mejorar la seguridad de los ascensores en servicio y garantizar un mantenimiento de calidad. Su aplicación es obligatoria para todos los ascensores en uso en España, con plazos escalonados según el tipo de instalación.
La nueva ITC establece obligaciones diferenciadas para las empresas mantenedoras y para los titulares de los ascensores. Conocer estos requisitos es el primer paso para evitar sanciones.
La normativa ITC establece dos tipos de situaciones que obligan a realizar una inspección del ascensor de forma inmediata, además de las inspecciones periódicas de mantenimiento.
La periodicidad de las inspecciones obligatorias varía según el tipo de edificio y uso del ascensor:
Ascensores en edificios industriales o de publica concurrencia
Edificios residenciales con más de 20 viviendas o más de 4 plantas
Resto de edificios residenciales no incluidos en los otros grupos
Una vez realizada la inspección, el organismo habilitado de control puede emitir cuatro tipos de calificaciones, cada una con sus implicaciones y plazos de subsanación.
El ascensor cumple con todos los requisitos de seguridad establecidos por la normativa. No se requiere ninguna actuación correctora. El ascensor puede continuar en servicio sin restricciones hasta la siguiente inspección periódica.
El ascensor puede continuar en servicio, pero se han detectado deficiencias de carácter leve que deben ser corregidas. El plazo máximo para la corrección es de 6 meses desde la fecha de la inspección. Pasado este tiempo, debe acreditarse la corrección.
Se han detectado deficiencias graves que comprometen la seguridad o el correcto funcionamiento del ascensor. Se establece un plazo concreto para su corrección según la naturaleza de los defectos. Es necesaria una nueva inspección una vez subsanados.
El ascensor presenta deficiencias muy graves que suponen un riesgo inmediato para la seguridad de los usuarios. La consecuencia directa es la inmovilización inmediata del ascensor, que debe quedar fuera de servicio hasta que se corrijan todos los defectos y supere una nueva inspección favorable.
La ITC introduce medidas técnicas concretas que deben aplicarse en los ascensores existentes, con plazos diferenciados según la complejidad de la intervención. Detallamos cada una de ellas:
El ascensor debe garantizar una precisión de parada de 10 mm y una nivelación de ±20 mm respecto al nivel de la planta. Esta exigencia busca eliminar el riesgo de tropiezos al salir o entrar al ascensor, especialmente importante para personas con movilidad reducida.
Es obligatorio instalar un dispositivo de detección a lo largo de toda la pisadera de la puerta, hasta una altura mínima de 1.800 mm. Este dispositivo debe detectar la presencia de personas u objetos e impedir el cierre de la puerta en caso de obstrucción, evitando atrapamientos.
El ascensor debe incorporar dispositivos de seguridad que impidan o detecten cualquier movimiento no previsto de la cabina cuando las puertas estan abiertas. Este tipo de movimiento es una de las principales causas de accidentes graves en ascensores en servicio.
Toda cabina debe disponer de un sistema de comunicación de emergencia bidireccional que sea accesible para personas con discapacidad auditiva o visual. El sistema debe permitir la comunicación directa con un servicio de asistencia 24 horas.
El ascensor debe estar equipado con un dispositivo pesacargas que emita una señal acústica cuando se supere la capacidad nominal. Para ascensores históricos o con limitaciones constructivas, la normativa permite una reducción del 50% de la carga nominal como medida alternativa.
Los ascensores existentes no podrán tener guías de cabina y/o contrapeso del tipo deslizante, de seta o de madera. La normativa obliga a sustituirlas por guías metálicas conformes a los estándares actuales, con plazos escalonados según la antigüedad de la instalación.
Plazos detallados por antigüedad
Para garantizar la sujeción del contrapeso o las pesas ante las fuerzas que se puedan generar como consecuencia de un descarrilamiento. En los ascensores existentes, excepto los que tengan marcado CE y los históricos, se deberá adaptar el contrapeso para cumplir con los apartados 5.4.11 y 5.7.1 de la norma UNE EN 81-20:2020 y la 5.4 de la norma 81-21.
Plazos detallados por antigüedad
El incumplimiento de la normativa ITC no solo implica un riesgo técnico, sino también consecuencias legales y económicas directas para el titular del ascensor.
Nuestro proceso para adaptar tu ascensor a la nueva ITC es claro, rápido y sin sorpresas:
En Ascensores Skylift analizamos tu instalación y te indicamos exactamente qué necesitas adaptar, sin costes innecesarios.